Archivos y transparencia ante la nueva Ley de Información Clasificada

FESABID | 9 SEPTIEMBRE 2025
El pasado mes de julio, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Información Clasificada, que sustituirá a la Ley de Secretos Oficiales de 1968, vigente desde el franquismo. Tras varios intentos fallidos, el ejecutivo pretende actualizar el marco legal español, alineándolo con estándares europeos que abogan por mejorar el acceso ciudadano a la información pública, para la clasificación, desclasificación y protección de información sensible, cuya revelación no autorizada pueda suponer una amenaza para la seguridad nacional o la defensa del Estado.
Principales novedades de la Ley de Información Clasificada
Entre sus principales novedades destacan:
Cuatro niveles de clasificación:
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- Alto secreto: desclasificación automática a los 45 años, prorrogables 15 más.
- Secreto: desclasificación a los 35 años, prorrogables 10.
- Confidencial: entre 7 y 9 años, sin prórroga.
- Restringida: entre 4 y 5 años, sin prórroga.
Desclasificación automática:
Por primera vez en España, se establece que la información clasificada se desclasificará automáticamente al vencer los plazos establecidos.
Los documentos clasificados antes de la entrada en vigor de la ley se desclasificarán automáticamente si han pasado 45 años desde su clasificación.
Competencias:
El Consejo de Ministros tendrá competencia exclusiva para clasificar y desclasificar documentos de alto secreto y secreto.
Un número limitado de autoridades podrá clasificar documentos confidenciales y restringidos (Presidencia del Gobierno, ministerios, altos cargos de defensa y seguridad, dirección del CNI, etc.).
Creación de una Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada:
Se crea este órgano para gestionar el tratamiento de la información clasificada nacional (excepto la restringida) y la que provenga de otros Estados u organizaciones internacionales.
Evaluará la idoneidad de las personas con acceso a esta información y regulará el acceso parlamentario.
Régimen sancionador:
Se establecen multas por acceso indebido o difusión de información clasificada, que van desde los 30.000 euros hasta los 2,5 millones, según la gravedad.
Garantías democráticas:
La clasificación de información será excepcional y motivada, atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad.
No podrá clasificarse información relativa a violaciones graves de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.
Cualquier persona con interés profesional (como periodistas) podrá recurrir la clasificación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
Intento fallido en 2022 y reacción del sector archivístico
La comunidad profesional de los archivos reaccionó con rapidez en agosto de 2022, cuando el Gobierno recurrió a la tramitación por vía de urgencia, en pleno verano y sin apenas capacidad de participación pública ni control parlamentario. Ante esta situación, FESABID, junto con Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP) y más de veinte asociaciones del sector, presentó alegaciones al anteproyecto de Ley de Información Clasificada en tiempo récord.
Coordinadas por Henar Alonso, las alegaciones se fundamentaron en los Principios de Tshwane, que promueven el equilibrio entre seguridad nacional y derecho ciudadano a la información. El documento incluye 19 alegaciones genéricas y 20 propuestas de modificación del articulado.
Preocupaciones sobre transparencia y gestión documental
Entre las principales preocupaciones del sector archivístico destacan:
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- La ausencia de mención explícita a los archivos y a los sistemas de gestión documental, a pesar de que el derecho de acceso a los registros públicos está recogido en el artículo 105 b) de la Constitución Española.
- La creación de un sistema paralelo de clasificación y eliminación de documentos, que podría operar fuera del control archivístico y sin garantías suficientes.
- La falta de coordinación con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, generando incongruencias normativas.
- La limitación del papel de los archivos a la fase finalista, una vez desclasificada la información, sin participación en el ciclo completo de gestión documental.
Un llamamiento a la mejora legislativa
Desde FESABID se insiste en que la gestión documental y los archivos son pilares fundamentales para garantizar el acceso ciudadano a la información pública, y que cualquier legislación en esta materia debe contemplarlos como parte integral del sistema democrático.
La tramitación parlamentaria de la ley será una oportunidad clave para que estas reivindicaciones sean escuchadas y atendidas. El Grupo de Trabajo de Archivos y Gestión Documental de FESABID continuará haciendo seguimiento activo del proceso, en defensa de una legislación que respete los principios archivísticos, la transparencia institucional y el derecho a la información.