Las licencias del conocimiento abierto: claves para su uso

FESABID | 21 ENERO 2026

A finales de 2025, el Grupo de Trabajo de propiedad intelectual de FESABID organizó una nueva sesión de sus encuentros profesionales, centrada en el análisis de las licencias Creative Common, una herramienta fundamental para entender el ecosistema y dinámicas del conocimiento abierto y la cultura libre. La charla fue impartida por Fernando Ramos, miembro del grupo y catedrático de Biblioteconomía y Documentación en la Universidad Complutense, que se centró en diseccionar desde distintos puntos de vista las licencias Creative Commons

La sesión abordó cuestiones centrales en torno al funcionamiento y características de estas licencias y la exposición analítica se intercaló con comentarios y experiencias concretas compartidas por el grupo.

Claves sobre las licencias Creative Commons

Las licencias Creative Commons, nacidas en 2002, están estrechamente ligadas desde su origen a la colaboración y la creatividad compartida, así como al objetivo de facilitar el acceso al patrimonio cultural común, los recursos educativos, y la ciencia (por ejemplo, su uso es muy amplio en publicaciones de acceso abierto y datos de investigación).

Su gran popularidad, y su fuerte implantación, radican en su capacidad de comunicar de manera sencilla argumentos complejos, para gestionar derechos de autoría. En total, en todo el mundo, se estima que hay actualmente más de 2.500 millones de obras sujetas a licencias Creative Commons.

Las licencias Creative Commons se desarrollan en un contexto de libertad contractual, en el que se renuncia a garantías y responsabilidades. Mediante las diferentes licencias CC los titulares de las obras deciden la cesión de uso de determinados tipos de explotación. Sin embargo, es importante recordar que esta cesión no implica la pérdida del derecho de reconocimiento y atribución de autoría de la obra, que permanece siempre con su creador. Igualmente, conviene notar que los derechos morales se mantienen vigentes, pero los titulares de los derechos se comprometen a no ejercerlos. Esta puntualización es de gran importancia, ya que suele haber confusión entre la gestión de derechos morales y la licencia CC0, en que el titular de la obra se desprende en su totalidad de los derechos patrimoniales que han nacido con la obra.

Otra clave importante para comprender el alcance de las licencias Creative Commons hace referencia a la portabilidad de las licencias. Cada versión de licencia Creative Commons (es decir, la 2, la 3, etc.) tiene definiciones diferentes y una relativa impronta nacional, lo que dio paso a una especie de “Torre de Babel” dentro del propio ecosistema de licencias Creative Commons, con licencias adaptadas a criterios nacionales, portables. Por ello, en 2013 se publicaron las licencias Creative Commons versión 4.0,  con criterios internacionales y globales desde su redacción original, por lo que no necesitan portabilidad y es la que se recomienda usar. La versión 3.0 España difiere en ciertos aspectos de la versión 4.0 Internacional: así, por ejemplo, mientras que en la 3.0 se declaran irrenunciables los derechos morales conforme a la ley, en la 4.0 “el Licenciante renuncia y/o se compromete a no hacer valer ninguno de estos derechos”.

Las licencias Creative Commons se rigen según el principio de territorialidad del Convenio de Berna, y por ello se ajustan a los plazos de protección de derechos de autoría del país en que se aplican así como a las normas de cada jurisdicción.

Las licencias Creative Commons, por otro lado, priman el acceso gratuito a las obras académicas, artísticas, científicas y culturales por encima de las ganancias económicas, proponiendo, en el marco de algunas licencias un sistema de ganancias razonables en contraposición del sistema tradicional fuertemente lucrativo y mercantil. Si bien esta sigue siendo la filosofía de las licencias Creative Commons, su uso no excluye la comercialización de las obras mediante fórmulas contractuales paralelas, debido al carácter no exclusivo de estas licencias.

Rights Statements y patrimonio cultural

Esta sesión terminó con una comparación con el sistema de declaraciones de derechos Rights Statements, que está inspirado en las licencias Creative Commons y cuyas declaraciones se encuentran disponibles en un número creciente de idiomas. Los Rights Statements ofrecen 14 opciones diferentes y se usan mayoritariamente en el ámbito del patrimonio cultural. Una diferencia significativa con las licencias Creative Commons es que carecen de naturaleza contractual y por ello se usan sobre todo con obras de patrimonio cultural en las que raramente hay una titularidad de derechos por parte de la institución patrimonial que las comparte.

 

Luis Fernando Ramos Simón, catedrático, ahora jubilado, del Departamento de Biblioteconomía y Documentación en la Facultad de Documentación de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), doctor en Ciencias de la Información (1988); licenciado en Periodismo y en Derecho, Diploma de Estudios Avanzados (DEA) en Derecho Administrativo. En estos últimos años, su investigación y docencia han estado centradas en la reutilización de la información en el sector público, las licencias y derechos de la información en el entorno digital, así como en los problemas de digitalización del patrimonio cultural. Con anterioridad ocupó durante diez años los cargos de director y decano de la Facultad de Ciencias de la Documentación de la UCM, período en el que se implantó el primer programa de Doctorado. Ha recibido un premio de Transferencia en Investigación en 2015, otorgado por la Fundación de la Universidad Complutense, por haber contribuido a la creación de la primera versión del catálogo de datos del Gobierno de España.  

Propiedad Intelectual FESABID

El Grupo de Propiedad Intelectual de FESABID (PI) tiene como objetivo principal contribuir a la defensa del derecho a la propiedad intelectual adaptado al rol de las bibliotecas, archivos y museos (GLAM). Para ello, impulsa acciones de divulgación relativas a la propiedad intelectual, para el colectivo profesional GLAM. El grupo de trabajo PI aspira a ser un referente en defensa del equilibrio entre los derechos de propiedad intelectual y los derechos de acceso a la cultura, a la educación y a la ciencia.