Acciones de FESABID ante el canon de préstamo
FESABID | 18 SEPTIEMBRE 2014
El rechazo al Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público, ha sido generalizado entre nuestro colectivo profesional y FESABID manifiesta también su desacuerdo.
La premisa que sustenta dicho RD y que considera que el servicio que las bibliotecas prestan a los ciudadanos y que les permite ejercer su derecho de acceso a la información, ya es errónea si con esto se entiende que supone “perjuicio causado a los autores derivado de la utilización de sus obras”.
Sin embargo, FESABID siempre ha trabajado respetando la legislación existente en la Unión Europea y en el contexto internacional, no al margen de ella. Debemos recordar que la sentencia europea contra España de octubre de 2006 dio un giro importante a la estabilidad de la excepción a favor del préstamo bibliotecario, recogida en la legislación española hasta el momento. FESABID defendió encarecidamente el mantenimiento de dicha excepción, sin embargo se aprobó la Ley 10/2007 y hubo una nueva sentencia en 2011 que han trazado el camino que conduce a la legislación actual.
En este contexto, FESABID ha luchado por la defensa de las bibliotecas y ha hecho llegar sus observaciones siempre en aras de defender al máximo los servicios bibliotecarios y evitar una repercusión desproporcionada de este nuevo canon impositivo. El marco legal europeo prevé este canon para los países de la Unión, aunque se aplica de distintas maneras en cada estado. El resultado aprobado en España merece muchas observaciones, al igual que el marco de excepciones existente en Europa, para la modificación del cuál debe continuar la lucha, con el fin de asegurar que el acceso a la información en el futuro sea posible.
FESABID sostiene la línea de contribuir al mantenimiento de la legalidad en todos los ámbitos que afectan al funcionamiento de los servicios de información y en ese empeño ha llevado a cabo diferentes acciones, como bien se demuestra en este documento.
El canon por el préstamo es consecuencia del necesario equilibrio entre los derechos del autor a ser remunerado por su obra y los derechos de los ciudadanos al libre acceso a la información y a la cultura, y es en esa línea en la que actúan las organizaciones bibliotecarias internacionales de las que FESABID es miembro activo: IFLA y EBLIDA. Es por tanto en esa misma línea en la que FESABID intenta hacer frente a los problemas que la nueva legislación plantea y que a veces no se entienden en su justo término.
En la defensa comprensible por parte de diferentes colectivos afectados por el RD, no se puede esgrimir que los ciudadanos tendrán que pagar cantidad alguna por los ítems sacados en préstamo en las bibliotecas públicas de poblaciones de más de 5.000 habitantes, porque el RD en ningún momento se refiere a que sea el usuario el que tiene que pagar de forma directa.
El RD sí se refiere a que los responsables del pago serán las administraciones de las que dependan las bibliotecas y creemos que es ahí donde los colectivos deben poner el énfasis, ya que, al no estar transferidas a las CCAA y a la Administración Local las competencias relativas a la gestión de la Propiedad Intelectual y, por tanto, la relativa a los Derechos de Autor, debería ser la Administración Central la que asumiera el pago del Canon, como lo ha venido haciendo hasta ahora y no las CCAA y la Administración Local, ya que la imputación del coste a estas Administraciones redundaría sin duda en un enorme perjuicio para los presupuestos de las bibliotecas, que se verían necesariamente reducidos y con ello sus servicios.
FESABID va a seguir haciendo suyo este derecho de los usuarios al libre acceso a la información y a la cultura y a defender ese derecho en todos los ámbitos que entienden de ese tema: social, político y económico.
Como ya se apuntaba en el comunicado anterior, FESABID piensa que su línea de trabajo debe estar alineada con la de los organismos internacionales y fundamentada en el respeto a la Ley, lo que nos es óbice para que expresemos nuestro desacuerdo con este canon impositivo, sin embargo, la legislación y las sentencias obligan a su cumplimiento y en consecuencia hemos optado por presentar posiciones acordes con la legislación europea, no al margen, teniendo en cuenta que los mandatos legales no se pueden eludir. Desde FESABID se han analizado siempre las propuestas en su contexto y se han realizado comentarios y propuestas con el ánimo de minimizar al máximo la repercusión de dicho canon en las bibliotecas, si bien es cierto que no han sido tenidas en cuenta en la redacción del RD.
Nuestro compromiso es seguir trabajando en el marco de la ley, por la modificación de la ley.